El Gobierno español ha lanzado un proyecto de ley para extender el impuesto sobre el patrimonio de no residentes a las participaciones en empresas extranjeras. El cambio en la ley permitiría a España gravar con un impuesto sobre el patrimonio las acciones de no residentes en empresas extranjeras. Para los no residentes que posean acciones en sociedades extranjeras con propiedad en España, esto supondría que su situación fiscal sobre el patrimonio tendría que ser reevaluada si se aprobara la versión actual de la ley. «La probabilidad de que esto suceda antes de fin de año se considera muy alta», dijo el miércoles la firma de impuestos con sede en Mallorca Plattes Group.
Efectivamente hay seguridad jurídica desde el 13 de septiembre
Con la directiva del 13 de septiembre, la Dirección General de Tributos (DGT) confirmó que la tenencia de acciones o participaciones en sociedades no residentes que directa o indirectamente posean inversiones inmobiliarias en España no genera el impuesto a la riqueza en el país. Sirvió como ejemplo el caso de una persona física residente fiscal en Alemania que posee el 100% de las acciones de una empresa alemana. Una propiedad en España pertenece a la empresa. Esto significa que el contribuyente es propietario indirecto de bienes inmuebles en España. En este caso, la DGT constató que el contribuyente no está sujeto al impuesto sobre el patrimonio por no ser propietario directo de bienes inmuebles situados en España.
¿Qué quiere cambiar ahora el legislador?
En España, la transparencia fiscal está prevista por ley únicamente para impuestos específicos, en particular los impuestos sobre la renta: como el impuesto sobre la renta, el impuesto sobre sociedades y el impuesto sobre la renta de personas sin fines lucrativos. Por otra parte, no se prevé ningún régimen de este tipo en las leyes del impuesto sobre el patrimonio y sucesiones. A los efectos de la determinación de los activos imponibles, la ley ISF se refiere únicamente a la legislación de derecho civil. En el caso de sociedades que tengan personalidad jurídica propia de derecho civil, sus activos pertenecen únicamente a la sociedad de derecho civil y no a sus accionistas. Los accionistas son los propietarios de las inversiones y tienen los derechos y obligaciones asociados con una inversión. Sin embargo, bajo la ley civil, usted no es el dueño de la propiedad.
Sin embargo, el legislador ahora parece querer subsanar esta «falta de transparencia» de la ley del ISF y lograr así una atribución directa y «transparente» del impuesto sobre el patrimonio -como el impuesto sobre la renta- al accionista. Esta modificación de la ley, relativamente sencilla, dejaría obsoleta la orden vinculante de la DGT del 13 de septiembre. Por tanto, el accionista estaría sujeto al impuesto sobre el patrimonio. El Grupo Plattes cree que existe una alta probabilidad de que estas nuevas regulaciones se adopten antes de fin de año y, por lo tanto, entren en vigor para el año fiscal 2022. Por lo tanto, quiere contactar directamente con cada cliente que podría verse afectado por el cambio de ley.
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